La Corte Suprema de Justicia avala un día licencia remunerada por muerte de mascotas
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Para muchas personas, perder a su mascota es vivir un duelo real. Ese vínculo, cada vez más común en los hogares colombianos, empieza a tener eco en la justicia. La Corte Suprema de Justicia dio un paso importante al reconocer que los trabajadores sindicalizados pueden acceder a un permiso remunerado por la muerte de sus mascotas, siempre que exista un acuerdo interno o una decisión voluntaria del empleador.
Aunque no se trata de un derecho obligatorio para todas las empresas, el fallo marca un precedente que refleja cómo ha cambiado la manera de entender la familia y los afectos en Colombia, donde el 67 % de los hogares se reconoce como familia multiespecie, según cifras del Dane.
¿Qué fue lo que decidió la Corte?
La Sala Laboral de la Corte Suprema, en la sentencia SL2375-2025, respaldó un laudo arbitral firmado entre AKT Motos y el sindicato Sintramotores, en el que se estableció un día de permiso remunerado para los trabajadores que enfrenten la muerte de una mascota.
Inicialmente, la propuesta contemplaba tres días, pero el acuerdo final dejó el beneficio en un solo día laboral, bajo ciertas condiciones. La Corte consideró que este tipo de permisos son beneficios extralegales válidos, siempre que respeten la ley y contribuyan al equilibrio entre la vida laboral y personal.
Requisitos para acceder al permiso
El fallo también fue claro en fijar reglas para evitar abusos. Para solicitar este día de licencia, se debe cumplir con varios criterios:
La mascota debe estar registrada ante la empresa.
Debe tratarse de un animal doméstico, no silvestre ni de tenencia prohibida.
El trabajador debe demostrar un vínculo afectivo y una convivencia mínima de seis meses.
El animal no puede tener fines comerciales.
Se debe presentar un certificado veterinario que confirme el fallecimiento.
¿Por qué es importante esta decisión?
Actualmente, la ley laboral colombiana solo reconoce cinco días hábiles remunerados por la muerte de familiares cercanos como padres, hijos o cónyuges. Las mascotas, pese a su peso emocional, quedan por fuera de esta protección.
La Corte no modificó el Código Sustantivo del Trabajo, pero sí dejó claro que negar de forma sistemática estos permisos puede ser desproporcionado, especialmente cuando se habla de dignidad humana, salud mental y descanso emocional. En su argumentación, recordó que los animales domésticos ocupan un lugar central en la vida de sus cuidadores y que el duelo por su pérdida es legítimo.
El debate también llegó al Congreso
Al mismo tiempo que se conocía la sentencia, avanza en el Congreso un proyecto de ley impulsado por la representante Alexandra Vásquez Ochoa, del Pacto Histórico, que busca incluir en la ley un día hábil remunerado por la muerte de perros o gatos.
La iniciativa plantea condiciones similares a las señaladas por la Corte: prueba veterinaria, convivencia mínima de seis meses, esquema de vacunación completo y que la licencia solo se otorgue una vez por año fiscal. El proyecto ya superó su primer debate en la Comisión Séptima de la Cámara y continúa su trámite.
Un cambio que va más allá de lo legal
La Corte Suprema sustentó su decisión en la evolución de la jurisprudencia colombiana, que reconoce a los animales como seres sintientes. Hoy, al menos 4,4 millones de familias en el país incluyen animales como parte de su núcleo familiar.
Por ahora, el permiso por duelo animal no es obligatorio, pero sí una opción legítima que las empresas pueden adoptar mediante acuerdos colectivos o reglamentos internos. Un gesto que, más allá de lo jurídico, conecta con una realidad cotidiana: para millones de personas, despedir a su mascota también merece tiempo, respeto y comprensión.


























