Convocatoria: artistas, creadores y gestores culturales en condiciones de vulnerabilidad

En atención a lo dispuesto en la Resolución Número 630 del 21 de abril de 2020, expedida por el Ministerio de Cultura, mediante la cual se establecen los lineamientos para la implementación del decreto 561 del 15 de abril de 2020, por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de cultura en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica; el Instituto de Cultura del Meta expidió la Resolución Número 45 del 22 de abril de 2020, estableciendo un cronograma y fijando los parámetros de la convocatoria para efectuar la entrega del incentivo económico a los beneficiarios.
En la normatividad señalada se estableció que los artistas, creadores y gestores culturales en condiciones de vulnerabilidad que cumplan con los requisitos allí establecidos, se deben inscribir en la respectiva Dirección o Coordinación Municipal de Cultura con el fin de postularse para recibir un incentivo económico correspondiente a tres mensualidades, cada una de CIENTO SESENTA MIL PESOS MCTE ($160.000).
En consecuencia de lo anterior, dando cumplimiento a lo estipulado de la Resolución 45 de 2020, expedida por el Instituto Departamental de Cultura, la Directora de la Corporación Cultural Municipal de Villavicencio, convoca a los artistas, creadores y gestores culturales del casco urbano y área rural del Municipio de Villavicencio, que se encuentren en estado de vulnerabilidad como consecuencia de la pandemia COVID-19 y que no sean parte de los programas del Gobierno, como son Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor –Colombia Mayor, BEPS para creadores y gestores culturales, Jóvenes en Acción, Ingreso Solidario o de la compensación del impuesto sobre ventas – IVA, para que diligencien los formularios publicados en la pagina www.corcumvi.gov.co y adjunten una imagen clara y legible de su Cédula de Ciudadanía , y los envíen al correo electrónico convocatorias@corcumvi.gov.co antes del 29 de abril de 2020 a las 5:00 pm.
Para mayor información, por favor comunicarse al 310 228 1669
Cabe resaltar que el parágrafo 1 del artículo primero ibídem, señaló que “los costos derivados de la entrega de la transferencia monetaria no condicionada o incentivos económicos serán deducidos del valor bruto para cada beneficiario”
Así las cosas, es de anotar que esta Corporación adelanta el recibimiento de las inscripciones como primer filtro de los artistas, respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin, no obstante, posteriormente al envío de los listados de los aquí inscritos se adelantarán varias validaciones más, posteriormente el Ministerio de Cultura remitirá los resultados con las personas viables y no viables de recibir el incentivo.
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